DECLARACION DE LA CONFERENCIA MINISTERIAL CONFERENCIA MINISTERIALUE-AFRICA AUSTRAL.
UE-AFRICA AUSTRAL.
Berlín, 5 y 6 de Septiembre de 1994
Preámbulo
1. La Unión Europea y la Southern African Development Community (SADC):
* reafirmando los valores e ideales que comparten sus pueblos y gobiernos, y que hallan su expresión en el respeto de la dignidad humana,
* expresando su convicción de que la protección y el fomento de los derechos humanos son la piedra angular de las sociedades democráticas, y de que el ejercicio efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales es la preocupación legítima de la comunidad internacional y es inseparable de la búsqueda de la paz y la seguridad internacionales,
* recordando su compromiso con la construcción, consolidación y refuerzo de unas instituciones democráticas basadas en la responsabilidad, la transparencia, la buena gestión y el Estado de Derecho,
* reconociendo que la paz y la seguridad son requisitos previos imprescindibles para un desarrollo económico y social sostenible,
* teniendo presentes los lazos históricos, políticos, culturales y económicos que unen a Europa con la región del Africa Austral,
* recordando la cooperación permanente entre ambas regiones, expresada en marcos bilaterales y multilaterales, y en particular en el Convenio de Lomé,
* congratulándose por la supresión del apartheid en Sudáfrica u por el éxito de la transición hacia la democracia pluralista en toda la región, que abre nuevas perspectivas al Africa Austral,
* teniendo presentes los procesos de paz que se desarrollan en la actualidad en Angola y Mozambique, reiterando su compromiso de apoyar la transición a la democracia pluralista en dichos países,
* deseosos de fomentar la reconstrucción nacional, la cooperación regional y la integración del Africa Austral,
* reconociendo que la región del Africa Austral posee un potencial de desarrollo considerable mediante el estrechamiento de la cooperación;
Han decidido emprender un diálogo global para impulsar las relaciones entre ambas regiones que tengan en cuenta otros acuerdos bilaterales y multilaterales, y sin prejuicio del Convenio de Lomé.
Objetivos generales
2. La Unión Europea y la SADC reafirman solemnemente su resolución a reforzar sus relaciones y establecer un diálogo global, con objeto de:
* colaborar en la defensa de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas en los distintos foros;
* apoyar la democracia a todos los niveles así como el Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y la protección de las minorías, el fomento de la justicia social y de los buenos métodos de gobierno, y colaborar para crear las condiciones suficientes para eliminar la pobreza así como las formas de discriminación por motivos políticos, religiosos, culturales, lingüísticos y de sexo;
* favorecer la reducción de armamento y, en particular, asociarse a los esfuerzos para ejercer la limitación de la exportación de armamento a zonas donde éste pueda exacerbar conflictos;
* apoyar una economía internacional abierta y cada vez más productiva y equitativa y, en este contexto, promover la cooperación comercial con la región del Africa Austral y dentro de la misma, con objeto de potenciar su desarrollo económico;
* promover y facilitar la inversión interior y exterior en los sectores productivos, en particular en las industrias de transformación de la región del Africa Austral con el fin de fomentar el progreso económico de ésta;
* favorecer aquellas políticas cuyo objetivo sea lograr un crecimiento económico sostenible en beneficio de sus poblaciones, y apoyar las reformas económicas en curso en la región del Africa Austral;
* promover un desarrollo económico armonioso por medio de una gestión sana y sostenible desde el punto de vista del medio ambiente por lo que respecta a los recursos tanto humanos como naturales;
* promover la cooperación interregional mediante el fomento de los contactos en los ámbitos de cultura, la educación y las ciencias y las actividades socioculturales y deportivas;
* no perder de vista la necesidad de promover los principios de la SADC de equidad, equilibrio y beneficio en la región del Africa Austral.
Ambitos de la cooperación
3. Diálogo político
El diálogo político entre la Unión Europea y los países de la región del Africa Austral consistirá en un intercambio periódico de puntos de vista sobre cuestiones generales de política exterior, con el fin de promover especialmente la paz y la estabilidad a largo plazo en la región del Africa Austral.
4. Integración regional
La Unión Europea está dispuesta a compartir su experiencia en el ámbito de la integración regional y a apoyar a este respecto a los países de la SADC entre otras cosas mediante intercambio de personal, formación, asistencia y asesoramiento en asuntos organizativos.
5. Cooperación económica y comercial
Las Partes se comprometen a promover la cooperación en materia comercial con la región del Africa Austral y dentro de ésta, para fomentar el desarrollo económico de la misma, respetando plenamente los resultados de la Ronda Uruguay de las negociaciones del GATT y sin perjuicio del Convenio de Lomé.
En este contexto, las Partes piden que se estudie la posibilidad de proyectar a largo plazo el estrechamiento de la cooperación económica en el Africa Austral.
Las Partes hacen notar y acogen positivamente las iniciativas transfronterizas para facilitar las inversiones y pagos regionales, con miras a una cohesión económica mayor en la región del Africa Austral.
6. Inversión privada, pequeña y mediana empresa y promoción del sector privado
Las Partes convienen en que la promoción de la inversión privada nacional y extranjera y del sector privado, desempeña un papel fundamental para el desarrollo económico y social de la región del Africa Austral. Debería insistirse particularmente en el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas.
Las Partes ponen en relieve que son condiciones esenciales para promover la inversión interior y exterior, además de la estabilidad política, un clima favorable a la inversión, que es el resultado del desarrollo y extensión de las estructuras de economía de mercado, de la eliminación de trabas burocráticas y de la garantía de la seguridad jurídica. En este contexto, las Partes se comprometen a promover la celebración de acuerdos bilaterales entre los Estados miembros de la Unión Europea y los Estados miembros de la SADC para la protección de la inversión.
7. Cooperación para el desarrollo
Las Partes declaran su intención de coordinar estrechamente la planificación y la ejecución de proyectos y programas de desarrollo regional en los ámbitos de transporte y las comunicaciones, energía, promoción comercial, protección del ganado, lucha contra la pobreza, cuestiones demográficas y de desarrollo social, seguridad alimentaria, educación, formación y salud.
En este contexto, hacen constar que, según lo dispuesto en los artículos 157 y 164 del IV Convenio de Lomé, es posible incluir en los proyectos de cooperación regional a un país vecino que no pertenece a los ACP.
Las Partes reiteran la importancia del papel coordinador de la Comisión Europea y de la Secretaría de la SADC, al respecto.
Sobre los programas y proyectos de desarrollo regional antes mencionados, las partes han acordado, en particular, lo siguiente:
Transportes y comunicaciones
Las Partes reiteran la importancia del desarrollo de la cooperación en materia de transportes y comunicaciones en la región del Africa Austral,
como uno de los instrumentos más importantes para el fomento de la inversión y del crecimiento económico.
Energía
Las Partes reafirman el papel fundamental que puede desempeñar la cooperación en el ámbito de la energía con la región del Africa Austral y dentro de la misma, para favorecer su desarrollo económico.
Educación y formación
Las Partes reiteran la importancia de la formación y educación para el desarrollo general del Africa Austral. A este respecto, destacan el continuo apoyo dado a este sector. Ponen de relieve la importancia de la continuidad y de la intensificación de los programas de formación profesional y administración pública.
Sanidad
Las Partes convienen en que la atención sanitaria primaria y el control de enfermedades graves como el SIDA y las enfermedades tropicales endémicas, constituyen ámbitos de coordinación importantes. Por consiguiente, convienen asimismo en que los esfuerzos coordinados para combatirlas requieren el apoyo total de la Unión Europea y de los países del Africa Austral.
Agricultura y alimentación
Las Partes reconocen que la agricultura sigue constituyendo el pilar de las economías de la mayor parte de los Estados miembros de la SADC. Además convienen en que la seguridad alimentaria depende de una agricultura sostenible. Por consiguiente se comprometen a impulsar su cooperación en este ámbito.
Minería
Las Partes reconocen que la minería constituye un sector estratégico para la mayoría de los Estados miembros de SADC. También reconocen el gran margen que existe para una cooperación regional estrecha en la prospección, aprovechamiento y fabricación de equipamiento minero. Por consiguiente, convienen en promover la cooperación en este ámbito de mutuo beneficio.
8. Recursos naturales y medio ambiente
Las Partes reconocen la importancia del medio ambiente mundial y de la conservación de los recursos naturales.
La Unión Europea acuerda apoyar los esfuerzos del Africa Austral en ámbitos como los siguientes:
* la lucha contra la desertización y la erosión del suelo;
* la gestión de los recursos hidráulicos;
* una agricultura sostenible;
* gestión de los recursos naturales.
9. Ciencia y tecnología
Las Partes convienen en intensificar la cooperación en materia de ciencia y tecnología, con la región y dentro de la misma. Dicha cooperación, podrá incluir los siguientes ámbitos:
* fomento del uso de recursos regionales compatibles con el medio ambiente;
* investigación industrial y desarrollo;
* investigación ecológica;
* investigación agraria;
* tecnología energética, y en especial el uso de las fuentes nuevas y renovables;
* tecnología del tratamiento de las aguas;
* medicina tropical.
10. Turismo
Las Partes destacan las importantes contribuciones que puede hacer el turismo al desarrollo, y hacen notar al respecto las considerables posibilidades que brinda la región del Africa Austral. En este contexto, convienen en que unas condiciones políticas estables, la eliminación de las trabas burocráticas y una infraestructura en buenas condiciones de funcionamiento son importantes para el desarrollo del turismo.
11. Cooperación cultural
Las Partes acuerdan promover los contactos en los ámbitos de la cultura, la educación y la ciencia y, en particular, la cooperación entre universidades y las actividades deportivas y socioculturales.
12. Cooperación en la lucha contra la delincuencia internacional
Las Partes se comprometen a cooperar estrechamente en la lucha contra la delincuencia internacional, y especialmente contra el tráfico ilícito de armas, los cultivos ilícitos, el tráfico ilícito y el consumo de estupefacientes, el blanqueo de dinero y el vertido ilegal de residuos tóxicos.
13. Otros ámbitos
Podrán incluirse otros ámbitos de cooperación de mutuo acuerdo.
Seguimiento de la Conferencia
14. Las Partes acuerdan continuar su diálogo general y comprometer a sus respectivas instituciones competentes a realizar las propuestas oportunas para que la Conferencia tenga continuación.
El intercambio de personal entre ambas partes podrá ser una primera medida consecutiva a la Conferencia, que reforzará el diálogo y aportará competencias al desarrollo institucional de la región del Africa Austral.