Bosque naturales - son ecosistemas donde predominan árboles o arbustos y que se encuentran en estado original o casi original mediante regeneración natural. Esta definición abarca los manglares.
Bosques reestablecidos - son bosques sembrados, plantados, o por lo general regenerados, emulando los bosques naturales originales de una región.
Plantaciones - cultivos artificiales de árboles, primordialmente con fines comerciales específicos.
Silvicultura sustentable - asegura que los beneficios del bosque satisfagan las necesidades humanas y a la vez mantiene la estructura, función e integridad del ecosistema a nivel de cada región biológica, incorporando a perpetuidad sucesiones forestales completas a cada una de ellas.
Colonos - son inmigrantes no indígenas y no tradicionales establecidos recientemente en la región.
Nativos, indígenas y aborígenes - los que han vivido en relativa armonía con el medio ambiente durante varias generaciones y cuyo origen como pueblo es de esa región.
Pueblos tradicionales - poblaciones no nativas que establecieron relaciones no destructivas con el medio ambiente, donde han vivido durante varias generaciones.
Las organizaciones no gubernamentales abajo firmantes:
- Reconocen el protagonismo vital de todos los tipos de bosques en el mantenimiento de los procesos ecológicos de la Tierra; la protección de los ecosistemas, las cuencas, los recursos de agua dulce, las regiones costeras, los estuarios y los mares adyacentes; como grandes depósitos de la biodiversidad; y en la fijación del carbono;
- Reconocen también que todos los tipos de bosques incorporan procesos ecológicos complejos y únicos que son la base de su capacidad actual y potencial de garantizar recursos que satisfagan las necesidades biológicas de todas las especies que dependen del bosque, así como los valores ambientales, culturales, históricos y espirituales;
- Consideran que la temática de la silvicultura y las oportunidades que brinda deben ser examinadas de manera holística, tomando en cuenta las múltiples funciones y usos de los bosques, en especial el espacio vital y la supervivencia cultural de los pueblos indígenas del bosque;
- Reconocen que muchos pueblos habitantes tradicionales del bosque sufrieron la invasión o destrucción de sus territorios y su capacidad de continuar históricas actividades culturales;
- Observan que a lo largo de más de un siglo, los ecosistemas forestales del mundo han sido peligrosamente mermados y degradados, y que en las últimas décadas el ritmo de reducción y degradación se aceleró por causa de variadas formas de explotación;
- Observan también que el consumo de productos derivados de la madera para uso comercial y como combustible ha llegado a una escala no sustentable, y que se abastece de bosques naturales en lugar de hacerlo de plantaciones, materiales reciclados u otras fuentes;
- Señalan, además, la participación preponderante de las empresas nacionales y trasnacionales en la degradación de los ecosistemas forestales en la explotación y comercialización de los productos forestales, beneficiando mínimamente al pueblo de la localidad o de origen y a mundo desplazándolo y también provocando daños socioeconómicos, culturales y ambientales;
- Observan que los sistemas indígenas de propiedad de los bosques son sumamente estructurados y definidos, y que generalmente se ven coartados por intereses jurídicos, políticos y de mercado que modifican el acceso a los recursos forestales y su control sobre ellos;
- Observan también que la concentración de poder y control sobre los recursos naturales ha provocado un aumento de la pobreza y la privación social, aumentando la presión sobre los ecosistemas forestales;
- Destacan que la concentración del usufructo de las tierras y recursos forestales en manos de unos pocos propietarios y empresas nacionales y trasnacionales es el principal factor responsable del daño y degradación de los bosques en varios países; y que esto limita la capacidad de los pueblos locales de influir en el uso de la tierra;
- Admiten que la responsabilidad de la gestión forestal debe ser del gobierno, ONGs, empresas locales y personas, sin perjuicio de los derechos de los pueblos indígenas;
- Aceptan que los territorios indígenas, incluidos los bosques, deben ser administrados exclusivamente por los pueblos indígenas y locales, con la colaboración de otros sectores interesados de la sociedad, conforme a lo que decidan dichos pueblos;
- Declaran que todos los tipos de zonas forestales tienen valores intrínsecos propios, son esenciales para la conservación de la biodiversidad y constituyen una fuente de conocimiento, inspiración y renovación espiritual para la humanidad;
- Afirman que este tratado se aplica a todos los tipos de bosques, bosques restablecidos y plantaciones de todas las zonas geográficas y climáticas;
- Y afirman además, que el propósito de este tratado es asegurar la conservación, rehabilitación, mejora, ampliación, regeneración natural, plantación, protección y uso sustentable de los bosques del planeta, según sea lo más apropiado para cada uno de los casos del ecosistema en cuestión;
1. Los bosques son esenciales para la vida sobre la Tierra. Debe reconocerse el valor infinito de la estructura, función e integridad de los ecosistemas. Toda forma de vida forestal es única y requiere un hábitat y protección adecuados.
2. Los bosques deben ser protegidos para satisfacer las necesidades sociales, económicas, ecológicas, culturales y espirituales de las generaciones presentes y futuras, y garantizar el mantenimiento de la integridad del suelo, el agua, el aire y la conservación de la biodiversidad.
3. Las medidas para la conservación de los bosques deben incluir la protección permanente y total de todos los tipos de ecosistemas forestales, la restauración y/o recuperación de bosques degradados o fragmentados y la administración sustentable de zonas utilizadas por el ser humano.
4. Los programas forestales deben contar con un máximo de consulta y participación pública, especialmente pueblos del bosque y comunidades locales, y la sociedad debe tener el derecho de apelar y hacer cumplir las decisiones adoptadas para el sector forestal.
5. Los bosques son la vida misma de muchos pueblos indígenas, y por lo tanto sus territorios tradicionales deben ser legalmente reconocidos y garantizados.
6. Los conocimientos y prácticas forestales tradicionales de los pueblos indígenas deben ser recuperados y conservados. Debe garantizarse los derechos tradicionales de los pueblos indígenas.
7. La lucha por la conservación de los bosques no debe separarse de las luchas por la reforma agraria en algunos países, ni de los principios generales de democratización, justicia social y respeto por el medio ambiente.
8. Los derechos de los pueblos indígenas y tradicionales que viven de la extracción no destructiva de los productos del bosque (tales como seringueiros y recolectores de castañas) deben ser legalmente garantizados en las zonas que han ocupado tradicionalmente. Estos procesos extractivos deben ser reconocidos, protegidos y estimulados como una forma de administración sustentable de los bosques, para reducir la presión sobre éstos, beneficiar a las economías locales y ayudar al medio ambiente mundial.
9. Se cortará preferentemente la madera de los monocultivos y plantaciones exóticas existentes creados para la producción comercial de madera, como forma de disminuir la tala de los bosques naturales. En general, estas plantaciones deben ser convertidas en plantaciones mixtas de especies nativas.
10.a - Como forma de aumentar al máximo la diversidad biológica se utilizará la regeneración natural de los árboles, toda vez que sea posible.
10.b - Debe reconocerse, mejorarse y estimularse la función de las plantaciones, los bosques restablecidos y los cultivos de árboles (como frutos y nueces), como fuente sustentable y ecológicamente armónica de energía renovable. Las plantaciones y bosques rehabilitados pueden ser un medio de reducir la presión comercial sobre los bosques primarios y vírgenes. Las tierras que actualmente estén cubiertas por bosques naturales o restablecidos no deben ser transformadas en plantaciones.
10.c - La plantación forestal solo debe hacerse en zonas no forestadas, degradadas o en aquéllas donde ya no pueda hacerse regeneración natural de bosques nativos o resulte impropia para cultivos alimenticios. Las plantaciones no deben ser sometidas a control biológico o químico, ni a la aplicación de fertilizantes no orgánicos.
10.d - El restablecimiento de bosques y el establecimiento de plantaciones en tierras degradadas puede ser muy importante para la creación de fuentes de trabajo en la región y el desarrollo en provecho de los pueblos locales, economías nacionales y medio ambiente mundial.
Antes de emprender un proyecto de plantación, deben hacerse estudios sobre la repercusión en el medio ambiente, para asegurar que no provoquen consecuencias adversas a las economías locales o al medio ambiente.
11. Las prácticas de corte que no tienen en cuenta la destrucción del hábitat, la erosión del suelo, la pérdida de biomasa, las consecuencias culturales y económicas adversas o la garantía de una regeneración ecológicamente apropiada, deben ser condenadas internacionalmente.
12. Los costos y beneficios ambientales, entre ellos los valores culturales, económicos, sociales y políticos, deben ser incorporados a través de una contabilidad ecológica como valores agregados a los recursos forestales por las fuerzas y mecanismos del mercado, y reflejarse en los precios reales, costos de permisos e impuestos fiscales, como forma de lograr un uso sustentable de los bosques.
13. Los organismos forestales del Estado no deben vender, asignar o disponer de los productos forestales a menos que esas transacciones demuestren una rentabilidad basada en el valor real de todos los activos utilizados, contando entre ellos árboles, tierra, suelo y agua de cada zona forestal en cuestión.
14. La reconversión de productos de la madera, especialmente el papel, junto con una tala y prácticas de procesamiento menos depredadoras, deben tener un cometido significativo en la protección de los valores ambientales y la reducción de la demanda de más madera.
1. Las ONG utilizarán todos los medios a su alcance para asegurar que las intenciones declaradas en el Preámbulo y en los Principios de este tratado sean comprendidas, estén abiertas y sean aplicadas por todos los sectores pertinentes de la sociedad.
2. Las ONG tomarán la iniciativa de apoyar a las poblaciones locales en la gestión, conservación y recuperación de los bosques, con el objetivo de mantener su integridad, preservar la biodiversidad y los ecosistemas, promover la justicia social y la democracia y mejorar la calidad de vida de los pueblos locales.
3. Las ONG, junto a otros sectores de la sociedad, formularán propuestas globales sobre políticas forestales y climáticas, y tratarán de incidir para que las decisiones institucionales sobre estos temas también sean tomadas en conjunto con otros gobiernos.
4. Las ONG, las comunidades locales, los pueblos indígenas afectados, deben participar activamente en la evaluación de los proyectos con impacto ambiental y social en los bosques y sus habitantes, garantizando que los resultados de los estudios preliminares sean analizados en ámbitos públicos antes de la adopción de decisiones. Las ONG también tratarán de incidir para que las decisiones resultantes sean respetadas y aplicadas.
5. Las ONG organizarán campañas en favor de la conservación de los bosques, por la supervivencia y mejora de la calidad de vida de los pueblos que los habitan, por la ejecución de proyectos de desarrollo que disminuyan las presiones sobre los bosques y por la eliminación de contaminantes, especialmente los que contribuyen a la formación de lluvia ácida. Las ONG se opondrán a todas las tentativas de manipular los ecosistemas forestales mediante el uso de plaguicidas químicos ó biológicos.
6. Las ONG intervendrán para canalizar el apoyo técnico y financiero brindado por gobiernos y organismos internacionales para programas de administración y recuperación forestal. Las ONG deben insistir en que tales organismos apliquen políticas coincidentes con el espíritu de este tratado.
7. Las ONG deberán hacer el máximo esfuerzo para asegurar que las comunidades afectadas por proyectos de conservación y manejo sustentable de los bosques sean consultadas previamente y dispongan de mecanismos de participación efectiva en todas las etapas del proceso decisorio de los proyectos de conservación, administración y desarrollo, independientemente de la legislación pertinente.
8. Las ONG tendrán participación activa en el intercambio de conocimientos y técnicas forestales armónicas con el medio ambiente.
9. Las ONG exigirán a los gobiernos la supervisión del manejo de los recursos forestales. Los resultados obtenidos en forma periódica deberán estar a disposición de todos los ciudadanos interesados.
10. Las ONG se opondrán firmemente a la tala rasa con fines industriales en los bosques primarios y vírgenes que aún subsisten, y estimularán la creación de alternativas de trabajo y métodos de supervivencia para las comunidades que dependen de esa práctica.
11. Reconociendo el carácter altamente contaminante de la industria de papel y celulosa, las ONG deberán estimular la investigación en materias primas y procesos industriales alternativos para su producción.
12. Las ONG tratarán de incidir en las autoridades locales y nacionales para enfrentar las causas del descontrolado crecimiento urbano y rural dentro de las zonas de bosques, para evitar el uso especulativo de las tierras de dicha región.
13. Teniendo en cuenta las complejidades de los ecosistemas forestales y su capacidad de sustentabilidad, las ONG apoyarán las iniciativas populares de reforma agraria fundadas en criterios de justicia social, que tratan de la distribución de la tierra y del derecho al uso de los bosques.
14. Las ONG combatirán las presiones políticas provocadas por la deuda externa, que aumenta el ritmo de deforestación y degradación de los ecosistemas forestales. Las ONG sugerirán y estimularán modelos económicos alternativos compatibles con la conservación de los ecosistemas forestales.
15. Las ONG organizarán campañas tendientes a incluir en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) las especies de árboles en vías de extinción.
16. Las ONG deben educar sobre la importancia de los bosques como hábitat de la vida silvestre y lucharán para protegerlos.
17. Las ONG tendrán en cuenta los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas y/o de las comunidades locales cuando apoyen o elaboren proyectos de conservación forestal.
18. Las ONG denunciarán las prácticas forestales que aceleran la erosión del suelo y provocan desertificación y desestabilización hídrica, o dañan el hábitat.
19. Las ONG estimularán y organizarán la reconversión y reutilización de productos forestales y la reducción general de los desechos que tengan relación con los recursos forestales.
20. Las ONG promoverán la formación de coaliciones e intercambios a nivel regional, nacional e internacional para los propósitos de este tratado.