PODER JUDICIAL

La administración de justicia se realiza a través de Tribunales Populares elegidos por las Asambleas del Poder Popular de sus respectivos niveles: el Presidente y Vicepresidente del Tribunal Supremo Popular, a propuesta del Presidente del Consejo de Estado; los Presidentes de Sala (excepto de lo Militar) y demás integrantes profesionales del Tribunal Supremo, de los Tribunales Provinciales y Municipales, a propuesta del Ministro de Justicia.

Todos los Tribunales cuentan con jueces profesionales y jueces legos -no profesionales- propuestos a las diferentes Asambleas del Poder Popular por los centros de trabajo, de estudio y lugares de residencia, a excepción de los que integran la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo Popular. Todos duran cinco años en sus mandatos y los jueces legos desempeñan sus funciones no más de treinta días cada año.

En el Tribunal Supremo Popular la presencia femenina era significativa en 1990, con un 39,3% de los jueces profesionales y mujeres en la Vicepresidencia y en la Presidencia de la Sala de lo Penal, mientras sólo dos de los catorce Tribunales Provinciales eran presididos por mujeres. En 1993 las mujeres representaban el 43,8% de los jueces profesionales y el 60,4% de los jueces legos.

También existe una Fiscalía General de la República, dependiente del Consejo de Estado, que representa los intereses del Estado. En 1993, el 55,4% de los fiscales eran mujeres y ocupaban el 34,6% de los cargos de dirección.

MUJERES EN LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA,

1990

 

Ambos

Mujeres

/Total

 

sexos

 

%

Tribunal Supremo Popular   
Jueces Profesionales

28

11 (1)

39,3

Tribunales Provinciales   
Presidentes

14

2

14,3

 

 Notas:

(1) Incluye a la Vicepresidenta del Tribunal Supremo y a la Presidenta de la Sala de lo Penal.

Fuentes: Tribunal Supremo Popular.

 

MUJERES EN LA ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA,

1993

 

Ambos sexos

Mujeres

/Total

  

%

 
Jueces Profesionales

1.130

495

43,8

En cargos directivos

287

92

32,1

Jueces legos (1)

1.407

850

60,4

 

 Notas:

(1) Reciben capacitación a través del Ministerio de Justicia o de los Tribunales.

Fuentes: Ministerio de Justicia.