DERECHOS REPRODUCTIVOS

No existe un cuerpo legal que trate sistemáticamente sobre los derechos de la pareja para decidir libre y responsablemente sobre el número y espaciamiento de los hijos y para tener la información y medios adecuados para ello.

La Ley General de Salud, con todo, establece la obligación de los servicios estatales de informar sobre métodos de planificación familiar, salud y educación sexual. Existe reticencia a otorgar este tipo de información a las adolescentes.

El Reglamento de la Ley General de Salud autoriza la esterilización de la mujer. Se requiere una justificación médica y una solicitud firmada por la interesada. Si ésta es casada, se precisa, además, la autorización del marido. Este requisito no tiene sustentación constitucional ni legal alguna.

El aborto no es considerado como un método de control de la natalidad y sólo se permite por razones terapéuticas.