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La única disposición sobre esta rama emergente del derecho es el decreto No 2274, de 1987, del Ministerio de Salud y Acción Social. Dicha disposición legal consagra el derecho de cada persona, cualquiera sea su estado civil, a decidir cuántos hijos desea tener y en qué momento de su vida quiere hacerlo. Más allá de este decreto no existen normas referentes al uso de métodos anticonceptivos. Con todo, en algunas municipalidades se ha establecido servicios de planificación familiar, que imprimen y distribuyen folletos sobre el tema.
La interrupción del embarazo mediante el aborto está tipificada como delito en el Código Penal. Hay proyectos de ley que intentan introducir salvedades a la prohibición el aborto, como el de la diputada Gómez Miranda, que propone despenalizar el aborto si el embarazo es consecuencia de una violación o de un atentado al pudor, habiéndose realizado la correspondiente denuncia.