Con la llegada de las vacaciones vuelve a repetirse en los aeropuertos el temido problema del overbooking que tantos conflictos presenta entre los usuarios y las compañías aéreas. Pero, ¿ qué es el overbooking? ¿Qué derechos tenemos ante esta situación?

Se produce overbooking cuando las compañías aéreas contratan más puestos en un avión de los que éste realmente dispone. Así, al ser el número de personas con billete superior al número de plazas del avión, algunos usuarios tienen que quedarse en tierra.

Es importante saber que el orden por el que se asignan las plazas en un vuelo se realiza según el orden de llegada a los mostradores de facturación, por lo que los últimos en llegar a facturar serán los que se verán afectados por este problema, aunque hayan efectuado su reserva con mucha antelación.


¿ Qué derechos nos asisten?

En caso de denegación de embarque, el pasajero podrá elegir entre:

Independientemente de la elección que hagamos, el transportista ha de ofrecernos una serie de prestaciones:

Si la compañía nos lleva a nuestro destino, llegando a él no más de 2 horas después de lo previsto en el caso de vuelos de menos de 3.500 Km o de 4 horas en el de vuelos de más de 3.500km estas compensaciones podrán reducirse en un 50%.

Se contempla en la regulación del overbooking el deber de la compañía de dar prioridad de embarque a personas con dificultades motrices o niños que viajen solos, así como la posibilidad que tiene la compañía de buscar pasajeros, a los que denomina “voluntarios”, que renuncien a su plaza a cambio de una compensación.